lunes, 12 de marzo de 2012

LOS PAPELES DE LA CIUDADANÍA, LAS LEYES Y SUS LABERINTOS.


La ciudadanía ha sido concebida como el vínculo político que se establece entre una persona y el Estado, que le permite participar en el sistema político, siendo esta entonces la aptitud básica y la condición jurídica para ejercer los derechos políticos. Por ello en nuestro caso concreto es el Ciudadano. La evolución de la ciudadanía, los derechos y garantías inherentes a la condición del ciudadano han sido producto de un largo proceso histórico, a través de los años, se ha podido observar la evolución en nuestro país con respecto a esta concepción, pues la historia política y civil ha marcado grandes pautas. Muchos fueron los años en los que los gobiernos eran quienes determinaban las políticas a seguir en cuanto a las necesidades del país sin darle muchas veces protagonismo ni importancia al papel fundamental de los ciudadanos en el desarrollo. Con la creación de la Constitución de Venezuela de 1961 y su reforma de 1979, además del voto a los ciudadanos y ciudadanas se les permitía agruparse en asociaciones de vecinos y  civiles, como expresión organizada de las comunidades y en la posibilidad de constituir otras formas organizativas comunitarias, estableciéndose mecanismos de participación a través de los cuales, la comunidad podía incidir en la gestión de los servicios públicos locales. Pero es a partir de la Constitución de 1999, cuando, con la creación del cuarto Poder Público, denominado Poder Ciudadano, se abre un abanico de posibilidades para que todas las personas puedan organizarse y participar, pues se cambia la democracia representativa dando paso a la participativa, al establecer el derecho de todos los ciudadanos a intervenir en todos los asuntos públicos, en todos los niveles, con el desarrollo sostenido de todas las comunidades de manera formal y legal, ejercido por Órgano del Consejo Moral Republicano, como lo establece el artículo 273 de la Constitución Bolivariana de Venezuela.

Consagrándose así entonces, de manera definitiva en la Constitución, en el Capítulo II, sección Segunda de la Nacionalidad y Ciudadanía, artículo 32, la participación y el protagonismo del ciudadano como eje central e innovador, otorgándole tanto derechos como deberes, desarrollándose con base a estos preceptos diversas leyes Orgánicas como lo es la Ley Orgánica del Poder Ciudadano, La Ley de los Consejos Comunales, y otras leyes especiales , las cuales, se refieren básicamente a todas las etapas del proceso jurídico relativo a la conformación, integración, organización y funcionamiento, con los que el pueblo organizado (organizaciones comunitarias, cooperativas, misiones, grupos sociales, ciudadanos y ciudadanas) ejerce de manera directa la gestión de políticas públicas y los proyectos encaminados a la satisfacción de necesidades y aspiraciones de las comunidades en la construcción de una sociedad de equidad y justicia social, desarrollando los principios establecidos.Siendo así entonces, la Constitución de 1999, plantea, por primera vez, el diseño de una democracia participativa, construyendo un conjunto de instituciones y políticas públicas, orientadas a dar respuesta a la exclusión social, cultural y económica que resulta distinta de los enfoques que orientaron las gestiones públicas previas, y aunque la realidad es que en la actualidad Venezuela atraviesa por veredas intrincadas, cargadas de confrontaciones políticas profundas, aún así estos espacios creados poseen los elementos germinales de un espacio importante de organización social, avalado Constitucionalmente.
Autores:
Lezama Jesús 
Rodríguez Francisco  

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