lunes, 12 de marzo de 2012

Leyes: ¿Reglamentos vigentes o palabras vacías?



Además del ejercicio de la ciudadanía, la estructura de leyes es un elemento determinante que moldea y da forma a los aspectos que constituyen a un estado, dotando de caracterizaciones  y peculiaridades que convierten a cada una de las esferas del mismo, perteneciente a un determinado territorio o provincia, en mundos completamente disimiles;  en ciertas naciones, las leyes son tan consistentes, efectivas y  concisas que prácticamente satisfacen  todas las necesidades de los ciudadanos, en otras sólo están descritas en virtud del bienestar exclusivo de un selecto grupo social o étnico; y en el caso en particular que es aplicable a Venezuela, la estructura legal no es más que un amasijo pletórico y heterogéneo que pretende subsanar diversas irregularidades y satisfacer necesidades del ciudadano aún a expensas de acarrear inconsistencias, conflictos con otras leyes e ignorar ciertos pormenores considerados poco relevantes que podrían resarcir un potencial vacío legal.  
En Venezuela, las leyes son senderos difusos con múltiples encrucijadas y bifurcaciones. ¿Sería sensato confiar en las leyes designadas por nuestros mandatarios?¿Son seguras y pertinentes? ¿O acaso son tan solo un conjunto de palabras políticas y legalmente establecidas que incluso los mismos organismos que las crean optan por omitirlas deliberadamente y a conveniencia? Esta pregunta ha surgido en muchos de los ciudadanos venezolanos ante la insatisfacción que provoca la ineficacia de las legislaciones. Actualmente muchos de los habitantes de cualquiera de los sectores o clases sociales, se sienten inconformes con respecto a la efectividad con la que su gobierno y las entidades de justicia que los ampara, puesto que las necesidades que los rodean han sufrido una notable inestabilidad; entre los derechos humanos, se encuentra el inalienable derecho a la vivienda justa y digna para el desarrollo personal y de la familia que la habita, más ¿Cómo se puede sentir segura una persona cuya única fuente de ingreso es la de alquilar un inmueble destinado a este fin? Tiempo atrás se aprobó una reforma de la ley de arrendamiento inmobiliario, la misma establece que aquella persona que desee alquilar un hogar en óptimas condiciones de habitabilidad no podrá solicitar meses de depósito para afianzar que el arrendador mantenga el inmueble en las mismas condiciones de vivienda que le fue entregado. Además, se sabe que los jueces que atienda un caso de solicitud de desocupación no podrá dar un fallo satisfactorio dado que no puede negarle los derechos a un grupo para satisfacer los de otro ¿Puede entonces fomentarse la edificación destinada para alquiler inmobiliario, si las leyes no salvaguardan al inversionista de la obra?
Autores:
Michinaux Marko Antonio  
Campero José
Román Deater

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