lunes, 12 de marzo de 2012

CIUDAD GUAYANA ANTE PROBLEMAS DE INSEGURIDAD

En nuestra ciudad una de las principales problemáticas en los últimos años ha sido la inseguridad, a pesar de los diferentes entes de defensa con los que cuentan los ciudadanos es muy importante el papel que juega la organización de la comunidad en consejos comunales para solucionar este problema y también otros referentes a distintas áreas. Los vecinos de distintos sectores de Ciudad Guayana como Los Mangos, Los Olivos, Villa Africana, Villa Asia y Jardín Levante se han unido para librarse de la inseguridad.
 





Una de las medidas más comunes tomadas por los vecinos es cerrar las calles con portones accionados con control remoto para regular el acceso de vehículos a su urbanización, esto para proteger los bienes de los vecinos y la integridad física de los mismos, en algunos casos estos circuitos cuentan con un vigilante ó con permanente apoyo policial. La construcción de estos portones no es tan simple como parece, se requiere el permiso de la alcaldía, los bomberos y otros entes competentes. Estas medidas tienen también algunas desventajas al momento de que los residentes reciban visitas y también pueden generar consecuencias en el desarrollo de actividades hechas por distintos entes como el aseo urbano, los bomberos, policías y otros servicios de emergencias que debido a los cierres de las calles se hace muy difícil la localización del sitio que deben llegar como también el inevitable retraso de los mismos.


Esta opción se ha convertido en un fenómeno regional y la mayoría de los complejos urbanísticos la están aplicando como alternativa contra la inseguridad que actualmente afecta a nuestra ciudad. Incluso en algunas ocasiones su aplicación se realiza de manera arbitraria, porque no todos los vecinos están de acuerdo en la construcción de los portones, pero sí la mayoría apoya el proyecto el resto se ignora pero también se benefician de estas acciones preventivas.


Muchos habitantes de nuestra ciudad ignoran que con estas acciones se viola el artículo 74 de la Ley de Tránsito Terrestre el cual establece que “Las autoridades administrativas competentes, en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones, garantizarán que la circulación peatonal y vehicular por las vías públicas, se realice de manera fluida, conveniente, segura y sin impedimentos de ninguna especie. Por ningún motivo puede impedirse el libre tránsito en una vía pública de forma permanente”.
Las autoridades gubernamentales tienen el derecho y deber de derrumbar todos los portones que construyan los ciudadanos, los cuales violen el derecho de libre tránsito. El artículo 79 lo ratifica, “Las autoridades administrativas o los órganos de ejecución en el ámbito de su jurisdicción, quedan facultados para remover los obstáculos, obras, vehículos u objetos que se encuentren ubicados, estacionados, que se presuman abandonados o se encuentren depositados en la vía pública, en zonas prohibidas que obstaculicen el normal desarrollo de la circulación vehicular y peatonal”.
A pesar de algunas desventajas que presenta esta medida de cerrar las calles, la mayoría de los habitantes de urbanismos con estas cualidades afirman sentirse protegidos contra el hampa.
AUTORES: Manuel Guzmán, Jesús Bejarano

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